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TEJIDOTECA · NORMATIVA TEXTIL
Etiquetado de composición textil: normativa y ejemplos
La etiqueta de composición informa qué fibras contiene un producto textil y en qué proporción. En la Unión Europea, las denominaciones, porcentajes, presentación y responsabilidades están reguladas.
Las fibras deben declararse con sus denominaciones legales y porcentajes en peso, normalmente en orden decreciente. La información debe ser legible, visible, clara, uniforme y accesible antes de comprar, también por internet.

01 · MARCO LEGAL
Qué norma regula la composición textil
La referencia principal es el Reglamento (UE) 1007/2011, directamente aplicable en la Unión Europea. Regula los nombres de las fibras textiles, la forma de indicar la composición, las prendas con varios componentes y la mención de partes no textiles de origen animal.
En España también debe consultarse el Real Decreto 928/1987 en su texto consolidado para los aspectos nacionales que sigan siendo aplicables. Cuando una disposición nacional anterior y el reglamento europeo cubren la misma materia, el análisis debe hacerse atendiendo a la primacía y aplicación directa del Derecho de la Unión.
Ámbito
El Reglamento 1007/2011 se aplica a productos textiles comercializados en la UE y equipara determinados productos con un contenido textil mínimo del 80 % en peso, además de otros casos previstos. Incluye excepciones: no conviene convertir una regla general en una respuesta universal sin identificar primero el producto.
02 · CONTENIDO
Fibras, nombres y porcentajes
Una prenda formada por varias fibras debe etiquetarse con el nombre y el porcentaje en peso de todas las fibras constituyentes, en orden decreciente. Deben utilizarse las denominaciones incluidas en el anexo I del Reglamento; nombres comerciales, abreviaturas internas o expresiones de marketing no reemplazan esas denominaciones.
| Ejemplo | Valoración | Motivo |
|---|---|---|
| 70 % algodón 30 % lino |
Correcto como estructura | Indica nombre y porcentaje, en orden decreciente. |
| Algodón y lino | Incompleto | No muestra los porcentajes de la mezcla. |
| 70 % fibra natural 30 % lino |
Incorrecto | “Fibra natural” es una familia genérica, no la denominación concreta exigida. |
| 70 % CO 30 % LI |
No usar como etiqueta al consumidor sin base aplicable | Las abreviaturas no sustituyen libremente los nombres legales; en documentos comerciales solo se admiten en supuestos definidos y explicados. |
Las palabras “100 %”, “puro” o “todo” se reservan a productos compuestos exclusivamente por una misma fibra, con las tolerancias técnicas previstas en la norma. No deben emplearse de manera promocional si existe una mezcla deliberada.
03 · MEZCLAS
Cuándo puede aparecer “otras fibras”
La regla es declarar todas las fibras. Como excepción, una fibra que represente hasta el 5 % del peso total —o varias que en conjunto no superen el 15 %— puede designarse como “otras fibras” con su porcentaje total cuando no pueda identificarse fácilmente en el momento de fabricación. No es una licencia para ocultar componentes conocidos o añadidos deliberadamente.
Las fibras decorativas visibles y aislables que no superen el 7 % del peso, y determinadas fibras metálicas o antiestáticas hasta el 2 %, tienen reglas específicas. Deben revisarse sus condiciones antes de excluirlas del cálculo.
04 · PRENDAS MULTICOMPONENTE
Exterior, forro y otras partes textiles
Si un producto contiene dos o más componentes textiles con composiciones diferentes, debe indicarse la composición de cada componente. La declaración no es obligatoria para un componente que no sea un forro principal y represente menos del 30 % del peso total. Los forros principales no quedan amparados por esa excepción.
| Prenda | Forma clara de presentar la información |
|---|---|
| Chaqueta con tejido exterior y forro principal distintos | Exterior: 100 % lana Forro: 100 % viscosa |
| Prenda con cuerpo y mangas de composiciones distintas | Cuerpo: 80 % algodón, 20 % poliéster Mangas: 100 % poliéster |
| Conjunto de dos productos con la misma composición y que forman una unidad | La norma permite una sola etiqueta o marcado en las condiciones previstas. |
La etiqueta debe usar nombres de componentes que el consumidor pueda reconocer. “Tejido 1” y “tejido 2” son menos útiles que “exterior”, “forro”, “mangas” o “relleno”, cuando esas palabras describen realmente la construcción.
05 · PARTES NO TEXTILES
Partes de origen animal
Cuando un producto textil contiene partes no textiles de origen animal, el Reglamento exige indicarlo con la fórmula equivalente a “Contiene partes no textiles de origen animal”. Puede afectar, por ejemplo, a un parche de cuero, botones de cuerno o nácar, determinados adornos o rellenos no textiles.
La frase informa de la presencia, pero no identifica por sí sola la especie, la pieza ni el porcentaje. La comunicación adicional puede ampliar esos datos siempre que no resulte engañosa.
No confundir
La lana, la seda o el pelo animal utilizados como fibras textiles se declaran mediante las denominaciones de fibra correspondientes. La fórmula de partes no textiles se refiere a elementos de origen animal que no son fibras textiles.
06 · PRESENTACIÓN
Cómo debe mostrarse la composición
La composición debe ser duradera, fácilmente legible, visible y accesible; si se utiliza una etiqueta, ha de estar fijada de forma segura. En catálogos, envases, etiquetas y marcados, la información debe presentarse de manera visible, clara y uniforme en tamaño, estilo y tipografía.
- Separar siempre la composición de otras informaciones para evitar confusión.
- Usar el idioma oficial del Estado miembro donde se ofrece el producto al consumidor, salvo que ese Estado disponga otra cosa.
- No colocar una etiqueta posterior encima de la composición o los datos del responsable.
- Elegir contraste, cuerpo y soporte que sigan siendo legibles durante el uso previsto.
- Verificar que la composición de prenda, embalaje, albarán y ficha digital sea idéntica.
La marca o el nombre de la empresa puede aparecer inmediatamente antes o después de la composición. Si la marca contiene una palabra que coincide con una denominación de fibra o puede confundirse con ella, esa proximidad resulta especialmente relevante para dejar clara la composición real.
07 · COMERCIO ELECTRÓNICO
La composición debe verse antes de comprar
El Reglamento 1007/2011 exige que la composición sea claramente visible para el consumidor antes de la compra, también por medios electrónicos. No basta con que la información llegue dentro del paquete después de pagar.
Además, la oferta a distancia debe mostrar la información de identificación prevista por el Reglamento 2023/988: fabricante y contacto, responsable en la Unión cuando corresponda, datos que identifiquen el producto y advertencias o información de seguridad aplicables.
Buena práctica: incluir la composición como texto HTML en la ficha de producto, no únicamente dentro de una fotografía, para mejorar accesibilidad, búsqueda y actualización.
08 · EJEMPLOS
Cómo redactar una composición
| Caso | Ejemplo orientativo | Qué comprobar |
|---|---|---|
| Una sola fibra | 100 % algodón | Que el producto sea realmente exclusivo de esa fibra dentro de las reglas y tolerancias aplicables. |
| Mezcla de dos fibras | 65 % poliéster 35 % algodón |
Orden decreciente, nombres del anexo I y total coherente. |
| Exterior y forro | Exterior: 55 % lino, 45 % viscosa Forro: 100 % viscosa |
Identificar cada componente y no omitir el forro principal. |
| Parte no textil animal | Composición correspondiente + “Contiene partes no textiles de origen animal” | No confundir esta frase con la declaración de fibras animales. |
| Venta online | La misma composición escrita junto a las características del producto | Visible antes del pago, legible y coherente con la prenda recibida. |
Estos ejemplos explican la estructura y no validan automáticamente un producto. Para etiquetar una colección real hay que revisar materia prima, construcción, documentación del proveedor, análisis cuando proceda y mercados de destino.
09 · ERRORES FRECUENTES
Qué conviene evitar
- Usar nombres comerciales como si fueran fibras: la marca de un material no sustituye la denominación legal.
- Redondear porcentajes sin control: deben corresponder a la composición real y sumar de forma coherente.
- Omitir el forro principal: tiene una regla específica en productos multicomponente.
- Copiar la ficha del proveedor sin verificar: el responsable de la puesta en el mercado debe asegurar la exactitud.
- Tratar “otras fibras” como un cajón de sastre: solo se admite bajo las condiciones de la norma.
- Mezclar composición, publicidad y sostenibilidad: deben diferenciarse con claridad.
- Mostrar la composición únicamente tras la compra: también debe estar visible en comercio electrónico.
PREGUNTAS FRECUENTES
Dudas sobre composición textil
¿La etiqueta de composición es obligatoria?
Sí para los productos textiles incluidos en el ámbito del Reglamento (UE) 1007/2011, con las excepciones y modalidades que el propio reglamento establece.
¿Puedo poner solo “fibras naturales”?
No como sustitución de la composición. Deben utilizarse las denominaciones de fibras admitidas y sus porcentajes cuando corresponda.
¿Los porcentajes tienen que sumar 100?
La declaración completa debe representar la composición de fibras del producto. Las reglas especiales, exclusiones y tolerancias técnicas deben aplicarse correctamente; no justifican totales arbitrarios.
¿Dónde van los símbolos de lavado?
Pueden compartir soporte físico si la información se diferencia con claridad, pero pertenecen a otro sistema. Consulta la guía completa de símbolos de lavado y conservación.
¿Quién responde de que la composición sea correcta?
El fabricante asegura el suministro y exactitud de la etiqueta; si no está establecido en la Unión, esa obligación corresponde al importador. Un distribuidor puede ser considerado fabricante si comercializa bajo su nombre o marca, añade la etiqueta o modifica su contenido.
FUENTES
Referencias oficiales
- Reglamento (UE) 1007/2011: artículos 7 a 16 y 20, más anexos aplicables.
- Real Decreto 928/1987, texto consolidado.
- Reglamento (UE) 2023/988: identificación del producto, operadores y ofertas a distancia.
Contenido divulgativo actualizado con las fuentes indicadas. No sustituye una evaluación jurídica o de conformidad del producto concreto.